¿Cualquier ciudadano Chileno puede adquirir cannabis legalmente?

El Estado chileno reconoce y legaliza el uso medicinal del cannabis, mediante el decreto 84, que modifica los reglamentos 404 y 405 de Psicotrópicos y Estupefacientes, respectivamente. Por lo tanto, el cannabis medicinal es legal en Chile. Desde diciembre del 2015, es posible consumir, portar y cultivar cannabis con fines terapéuticos.

¿Qué es una corporación de Cannabis medicinal?

Una corporación o club es un cultivo colectivo de derecho privado, sin fines de lucro, donde la corporación o club abastece de cannabis de grado médico a aquellas personas a las que se les ha recetado cannabis como tratamiento médico paliativo, pero no pueden cultivarlo por sí mismas, ya sea por falta de conocimientos, poco acceso a un espacio de cultivo o simplemente por que la enfermedad no se lo permite.

¿Qué necesito para asociarme a la corporación?

Requisitos para la inscripción:

Ser mayor a 21 años o asignar a un tutor legal en caso de menores o 3ra edad.

  • Receta médica vigente que indique el uso de cannabis.
  • Certificado de antecedentes sin anotaciones.
  • Fotocopia C.I, Por ambos lados.
  • Documentos para acreditar domicilio.

¿Cómo y cuándo nacen las corporaciones de cannabis?

En concordancia con el fallo Rol de Ingreso N° 4949-2015 pronunciado con fecha 04 de junio del año 2015 por nuestra Excelentísima Corte Suprema de Justicia en el cual se señala que, es permitido el auto-cultivo colectivo de cannabis, toda vez que se trate de un circuito cerrado de miembros, no abierto al público, fundado en el principio de autodeterminación que las personas tienen en virtud de su soberanía esencial, estoy en el legítimo derecho de decidir ser miembro activo de este Cultivo Colectivo y Asociación, la cual está constituida y amparada legalmente de acuerdo a los estándares establecidos en la ley 20.500 que rige este tipo de asociaciones y los derechos protegidos en los artículos 4, 8 y 50 de la ley 20.000.

¿De dónde sale la cannabis?

Los cultivos colectivos pueden cultivar su propia medicina siempre que se justifique la cantidad producida (con prescripción médica) se debe estipular cuanta cantidad va a producir anualmente con ese propósito, esto se realiza para tener un control sobre la producción y justificar esta misma según la necesidad de la asociación. Los cultivos tienen que estar controlados por personas pertenecientes al club, en donde cada una de las plantas está rotulada y destinada para el consumo único, exclusivo y próximo en el tiempo de sus socios.

¿Se vende cannabis?

No se realiza ni realizarán nunca ventas, este acto es ilegal y pone en riesgo la integridad de la asociación y las de sus miembros. Básicamente integramos un grupo cerrado de personas que cultivan su tratamiento medico de forma colectiva, orgánica y de máxima calidad; donde hay costos asociados a esta producción que los miembros deben costear para el funcionamiento de la misma. Para los asociados, es considerado falta gravísima y está sancionada con lo siguiente según nuestro reglamento interno: “Cuando el Asociado sea sorprendido vendiendo, compartiendo o donando productos que entrega la Asociación a sus miembros, a un tercero, será sancionado con la suspensión inmediata de la asociación mientras dure la investigación interna, y se hará entrega de los antecedentes a las autoridades competentes si fuere necesario”.

¿Cómo puedo acceder a una corporación?

Para poder acceder a un club cannábico y hacerte socio solo necesitas estar diagnosticado por un médico con una patología cuyos síntomas tengan alivio con un tratamiento paliativo de cannabis. Entonces con una prescripción que acredite el uso terapéutico, más certificado de antecedentes legales (sin anotaciones), la copia del C.I. frontal y posterior envío al correo institucional CONTACTO@DISPENSARIOLATAM.COM ,Puedes asociarte facilmente .Por regla general los clubes cannábicos tienen un límite de cupos y solo podrás acceder a ella en el momento en el que se cumpla y pasen todos los filtros de ingreso.

¿Cómo postular a socio especial y que significa eso?

La condición de miembro especial es, aquellas personas que, por causa de su grave condición de salud o económica accede a descuentos en sus cuotas de miembro y en el caso de los niños con patologías graves y pacientes oncológicos una beca de hasta el 100% de su tratamiento, para ello debe enviarnos exámenes médicos, diagnóstico por otro médico, informes médicos, etc. y/o antecedentes que acrediten su difícil situación económica. La lista de espera será atendida dependiendo de la urgencia y gravedad de cada caso, dando prioridad a los pacientes oncológicos, de tercera edad o jubilados y a los menores de edad con patologías graves.